Los avaluadores de Colombia que quieran mostrar sus conocimientos, habilidades, idoneidad y aptitudes para desempeñar la actividad deben a partir de la fecha inscribirse en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA).LEY 1673 DE 2013.
El avaluador inscrito ante el Registro Abierto de Avaluadores (RAA) podrá ejercer su actividad en todo el territorio nacional y su inscripción podrá ser validada directamente en la página web del RAA. Solo puede acreditarse y ejercer como avaluador, quien este inscrito El Registro Abierto de Avaluadores RAA.
Sólo puede acreditarse y ejercer como avaluador, quien este inscrito en El Registro Abierto de Avaluadores RAA.